Normativa. [blue]Medidas Alternativas[end]
Nuestros clientes garantizan ante las Administraciones Públicas el cumplimiento de la LISMI (Ley de Integración Sociolaboral de los Minusválidos). La normativa establece que las empresas públicas o privadas con una plantilla igual o superior a 50 trabajadores están obligadas a reservar el 2% de las plazas para personas con discapacidad. La mayoría de las empresas, que cumplen con las LISMI, lo hacen mediante las MEDIDAS ALTERNATIVAS: compra de productos o servicios como los que Táctica Integral puede ofrecerle.
Supuestos de excepcionalidad
Hay dos supuestos casos donde las empresas, excepcionalmente, pueden ajustarse al cumplimiento alternativo de la obligación de reserva en plantilla para las personas con discapacidad:
- Cuando esta no incorporación se deba a la imposibilidad de que los servicios públicos de empleo competentes, o las agencias de colocación, pueden atender las oferta de empleo presentada después de haber efectuado todas las gestiones de intermediación necesarias para dar respuesta a los requerimientos de aquélla y concluirla con resultado negativo, por la inexistencia de demandantes de empleo con discapacidad inscritos en la ocupación indicada o, aun existiendo cuando acrediten no estar interesados en las condiciones de trabajo ofrecidas en dicha oferta.
- Cuando existan cuestiones de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motiven la especial dificultad para incorporar trabajadores con discapacidad a la plantilla de la empresa.
¿Cuales son las Medidas Alternativas?
- Realización de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador con discapacidad autónomo, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo, o de cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa.
- Realización de un contrato mercantil o civil con un Centro Especial de Empleo, o con un trabajador con discapacidad autónomo, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
- Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad. Para ampliar información sobre donaciones o patrocinios, tel. 96 1298 93 94 o e-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla..
- Constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo. La cuantía para esta medida es 3 veces el IPREM anual.